SUNAT implementa plataforma de confirmación de facturas y recibos por honorarios electrónicos al crédito

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Facilitará la generación de la factura negociable, permitiendo principalmente a las MIPYMES, startups y emprendimientos, obtener liquidez.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó el jueves una resolución que dispone la implementación de la Plataforma de Confirmación de las facturas y recibos por honorarios electrónicos al crédito, que permitirá impulsar el factoring, mecanismo que posibilita a las empresas obtener liquidez, transfiriendo el cobro de su factura al crédito.

Mediante esta plataforma, los clientes podrán visualizar las facturas y recibos por honorarios electrónicos emitidos al crédito, para efectos de otorgar conformidad a los mismos y, en caso sea necesario, advertir alguna disconformidad para que los emisores puedan subsanarla.

En el caso que la factura electrónica o el recibo por honorarios electrónico al crédito sea confirmado, quedará listo para su anotación en la Institución de Compensación y Liquidación de Valores - CAVALI, para su posterior negociación.

Para facilitar la generación de la factura negociable, la Administración Aduanera Tributaria dispuso el año pasado que los mencionados comprobantes de pago electrónicos incluyeran nuevos datos, como la forma de pago, al contado o al crédito, y en este último caso, el monto neto pendiente de pago y la fecha de vencimiento para su cancelación.

La Plataforma de Confirmación entrará en vigencia el 17 de diciembre del presente año, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000165-2021/Sunat, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, en concordancia con lo establecido en el Decreto de Urgencia N.º 013-2020 y su Reglamento.

La plataforma de confirmación implementada por la Sunat es una herramienta interactiva que ha sido desarrollada considerando la “experiencia del usuario”, que tiene la capacidad de procesar millones de facturas y recibos por honorarios electrónicos, lo que permitirá a los contribuyentes otorgar la conformidad o disconformidad, de manera individual o masiva, a los comprobantes electrónicos emitidos al crédito.

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